Órganos de Gobierno

Reglamento de Euncet Business School

Euncet regula su funcionamiento y organización a partir del Reglamento de Euncet Business School, que fue aprobado el 19 de diciembre de 2022 por el Comité Ejecutivo de Euncet Business School, dejando automáticamente derogado el Reglamento vigente anterior.

En todo lo que no está previsto en este reglamento o en los Estatutos de la Universitat Politècnica de Catalunya y las disposiciones que los desarrollan, se aplica la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Reglamento Euncet

Reforma de reglamento

Pueden promover la reforma o la modificación del Reglamento de Euncet Business School:

  • El Director/a general de Euncet Business School.
  • El Comité Ejecutivo de Euncet Business Shcool, a propuesta, como mínimo, de un tercio de sus miembros.

El procedimiento es el siguiente:

La propuesta de modificación o reforma del reglamento de la Centro debe ir acompañada de la resolución motivada del órgano que toma la iniciativa, e incluirá el texto de modificación propuesto.

Para llevar a cabo cualquier propuesta de modificación de este reglamento es necesario un quórum de la mitad más uno de los miembros del Comité Ejecutivo de Euncet Business School y la aprobación, al menos, por la mitad más uno de los miembros del Comité ejecutivo.

Euncet Business School

Órganos de Gobierno Euncet

Tal y como se recoge en el Reglamento de Euncet Business School, los órganos de gobierno, de representación y de consulta de la Escuela son los siguientes:

Órganos colegiados

  • Comité Ejecutivo.
  • Comisión Permanente.
  • Comisión Académica.
  • Comisión de Calidad.
  • Comisión de Investigación.

Órganos unipersonales

  • Director/a general.
  • Director/a del Centro Universitario.
  • Secretario/a Académico/a del Centro Universitario.

Otros órganos de carácter deliberante o consultivo

  • Comisiones de Evaluación.
  • Comisión de Estudios Previos.
  • Comisiones de Trabajo de Fin de Estudios.
  • Comisión de Prácticas Externas.
  • Comisión de Relaciones con los Estudiantes.
Protocolo contra el acoso

Con motivo de la entrada en vigor de la Ley 51/2023, del 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, el Real Decreto 901/2020 y la Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y respondiendo a la necesidad de prevenir, sensibilizar y, si fuera el caso, cortar con todas las garantías cualquier forma de violencia y discriminación en el ámbito laboral relacionada con el acoso sexual o por razones de sexo o género, Euncet Business School implementa un protocolo de acoso que recoge todas las medidas necesarias al respeto.

El documento plasma el procedimiento que se llevará a cabo en caso de producirse una situación de acoso en el trabajo, los canales de denuncia disponibles, la persona de referencia y la comisión permanente que adoptará la resolución del expediente.

Protocolo de prevención y de actuación contra el acoso

Miembros de la comisión investigadora

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