Órganos de Gobierno

Euncet Business School regula su organización y funcionamiento mediante el Reglamento aprobado el 3 de noviembre de 2025 por el Comité Ejecutivo, que deroga el anterior. Define las competencias, los mecanismos de decisión y los principios institucionales, asegurando una gobernanza transparente, eficiente y alineada con la normativa universitaria.

Garantiza que las decisiones académicas y de gestión se toman con criterios de calidad, responsabilidad y participación, siendo clave para el Sistema de Garantía Interna de Calidad. En lo no previsto por este reglamento o los Estatutos de la UPC, se aplica la Ley 30/92, modificada por la Ley 4/1999.

Reglamento Euncet

La reforma del Reglamento de Euncet Business School responde a la necesidad de adaptar el marco normativo interno a la evolución del contexto académico, institucional y normativo. Permite actualizar las competencias de los órganos de gobierno, mejorar los mecanismos de coordinación y reforzar la coherencia entre la gobernanza y los objetivos estratégicos y de calidad.

Las reformas se realizan de manera planificada y justificada, buscando reforzar la transparencia, la eficiencia organizativa y la capacidad de respuesta ante nuevos retos, siempre alineadas con el Sistema de Garantía Interna de Calidad de Euncet.

Pueden promover la reforma o modificación del reglamento:

  • El Director/a general de Euncet Business School.
  • El Comité Ejecutivo de Euncet Business School, a propuesta de al menos un tercio de sus miembros.

La propuesta debe incluir una resolución motivada del órgano que la inicia y el texto de modificación propuesto. Para su aprobación, se requiere quórum de la mitad más uno de los miembros del Comité Ejecutivo y la aprobación de la mitad más uno de sus miembros.

Según el Reglamento de Euncet Business School, los órganos de gobierno, de representación y de consulta son:

 

Órganos colegiados:

  • Comité Ejecutivo
  • Comisión Permanente
  • Comisión Académica
  • Comisión de Calidad
  • Comisión de Investigación

Órganos unipersonales:

  • Consejero/a Delegado/a
  • Director/a general
  • Director/a del Centro Universitario
  • Secretario/a Académico/a del Centro Universitario

Otros órganos deliberantes o consultivos:

  • Comisiones de Evaluación
  • Comisión de Evaluación de Estudios Previos
  • Comisiones de Trabajos de Fin de Estudios Universitarios
  • Comisión de Servicios al Estudiantado y Alumni
  • Comisión de Relaciones con el Estudiantado

 

Estos órganos son responsables de impulsar y supervisar la estrategia académica e institucional y garantizar el funcionamiento de los procesos docentes y de gestión. Actúan como espacios de decisión, coordinación y seguimiento, velando por la normativa, la calidad y los compromisos institucionales, y participan activamente en el análisis de resultados y la mejora continua.

Euncet Business School cuenta con un Protocolo de prevención y actuación contra el acoso que garantiza un entorno académico y laboral seguro y libre de acoso o discriminación. Se implementa según la Ley 51/2023, el Real Decreto 901/2020 y la Ley Orgánica 3/2007, con el objetivo de prevenir, sensibilizar y actuar con garantías ante cualquier situación de acoso sexual o por sexo o género.

El protocolo establece procedimientos, canales de denuncia, persona de referencia y comisión responsable, asegurando confidencialidad, protección de las personas afectadas y respeto a los derechos de todas las partes. Su aplicación refleja el compromiso de Euncet con la igualdad, la dignidad y el bienestar de la comunidad universitaria.

Protocolo de prevención y de actuación contra el acoso

Miembros de la comisión investigadora

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